LA PLATA, 23 de octubre de 2009.
VISTO el Expediente N° 5805-4807082 /09 alc. 1, y
CONSIDERANDO
Que por el mencionado expediente la Dirección de Tribunales de Clasificación propicia el llamado a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición para cubrir con carácter titular, los cargos vacantes de Director y Vicedirector de Establecimientos Educativos de la ex Educación Secundaria Básica, de la ex Educación Media-Polimodal y Trayectos Técnico Profesionales en trámite de conformación y de las Escuelas Secundarias de 6 años dependientes todos de la actual Dirección de Gestión Institucional perteneciente a la Dirección Provincial de Educación Secundaria;
Que por Resolución N° 5692/08 (Expediente 5805-3610213/08) esta Dirección General de Cultura y Educación dio por finalizadas las acciones referidas a la Titularización del Personal Jerárquico pautadas en la Ley N° 13.106;
Que la concreción de los lineamientos de la Política Educativa de la Jurisdicción, hace necesaria la cobertura con carácter titular de los cargos vacantes antes mencionados, a fin de garantizar la oferta del Nivel Secundario como unidad pedagógica y organizativa;
Que la conformación de Escuelas de Educación Secundaria, conlleva la necesidad de garantizar la consolidación institucional, constituyéndose el personal directivo en un eje vertebrador de la comunidad educativa en sus conjunto;
Que en este sentido, la conformación aludida implica un proceso de implementación gradual y progresivo en concordancia con las normas vigentes para la organización de las Plantas Orgánico Funcionales;
Que resulta necesario proceder a la cobertura de los cargos de Director y Vicedirector, a los efectos de propiciar el acceso a la titularidad de todos los docentes que se desempeñan en el Nivel Secundario;
Que el artículo 7º de la Ley N° 10579/87, establece que el ascenso constituye un derecho del personal docente titular;
Que en esta línea, dichos cargos se cubren mediante Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición, de conformidad al artículo 76º de la Ley antes mencionada;
Que dicho Artículo en su apartado A.1.1. del Decreto N° 2485/92 Reglamentario de Estatuto del Docente, modificado por el Decreto N° 441/95, determina que corresponde a la Dirección de Tribunales de Clasificación propiciar el dictado del acto resolutivo de llamado a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición para la cobertura de cargos jerárquicos titulares a propuesta de la Dirección de Nivel correspondiente;
Que las vacantes de los cargos a cubrir se encuentran excluidas de las Acciones Estatutarias de Movimiento Anual Docente y Acrecentamiento 2009 – 2010, conforme lo establecido por la Disposición N° 678/09 de la Dirección de Tribunales de Clasificación;
Que en razón de las prescripciones legales establecidas por la Ley 14016/09, resulta necesario garantizar su correcta aplicación y consecuentemente, efectivizar la titularización en cargos jerárquicos de los Coordinadores que se desempeñan en los cargos de Director o Vicedirector de Escuelas de Educación Secundaria Básica, provenientes del cargo de Coordinador de Tercer Ciclo de Educación General Básica;
Corresponde al Expediente N° 5805 – 4807082/09 alc. 1
Que el decisorio que por el presente acto administrativo se impulsa, respeta los lineamientos arribados en la materia por Acuerdo Paritario de fecha 6 de octubre de 2009;
Que el presente acto se efectúa en el marco de la Ley 10579 -Estatuto del Docente- y su Reglamentación Decreto N° 2485/92 modificado por Decreto N° 441/95 y 1189/02 y Resoluciones N° 11324/97, N° 4607/98, N° 1277/99 y N° 4091/02;
Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, deviene pertinente el dictado de la presente Resolución,
Que en uso de las facultades conferidas por el Artículo 69° Inc. a) y e) de la Ley N° 13.688 resulta viable el dictado de la presente;
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
RESUELVE
ARTICULO 1°. Llamar a Concurso de Títulos Antecedentes y Oposición de acuerdo con las prescripciones de la Ley 10579 - Estatuto del Docente- y sus modificatorias N° 10614; N° 10693, N° 10743 y N° 13124 y Decreto N° 2485/92 y sus modificatorias Decretos 441/95 y 1189/02 y Resoluciones N° 11324/97, N° 4607/98, N° 1277/99 y N° 4091/02, con el objeto de proceder a la cobertura con carácter titular del 80% de las vacantes de los cargos de Director y Vicedirector de establecimientos educativos de la ex Educación Secundaria Básica, de la ex Educación Media- Polimodal y Trayectos Técnico Profesionales en trámite de conformación y de las Escuelas de Educación Secundaria de 6 años dependientes todos de la Dirección de Gestión Institucional perteneciente a la Dirección Provincial
de Educación Secundaria que se consignan en el Anexo 1 que se declara parte integrante de la presente Resolución y que consta de treinta y cinco (35) folios.
ARTICULO 2°. Establecer, en virtud de las consideraciones vertidas en el exordio de la presente, que las vacantes nominadas en el Anexo 1 se encuentran sujetas a modificaciones en virtud de la aplicación de la Ley N° 14.016/09.
ARTICULO 3º. Determinar que, en virtud del proceso de conformación de las escuelas de educación secundaria de seis años, constituidas por establecimientos educativos de la ex Educación Secundaria Básica, de la ex Educación Media- Polimodal y Trayectos Técnico Profesionales, las vacantes ofrecidas nominalmente en el presente acto, podrán sufrir variaciones en concordancia con las nuevas denominaciones de las escuelas de educación secundarias de seis años y la aplicación de las Resoluciones Nº 333/09 y 1004/09 en sus partes pertinentes.
ARTICULO 4º. Indicar que, a los efectos de preservar la legalidad de la Instancia Concursal, la Dirección de Tribunales de Clasificación actualizará la nómina de las vacantes antes del inicio del acto de promoción, momento en que deberán publicarse las mismas y proceder a la notificación fehaciente de los aspirantes que participan del Concurso que se aprueba por el Artículo 1º del presente acto administrativo.
ARTICULO 5°. Determinar que para la substanciación del mencionado concurso, se constituirá un jurado conforme a lo determinado en el Art. 83° apartado II del Estatuto del Docente de la Provincia de Buenos Aires, cuya nómina obra en el Anexo 2, que se declara parte integrante de la presente Resolución y que consta de 5 (cinco) folios.
Corresponde al Expediente N° 5805 – 4807082/09.alc.1.
ARTICULO 6°. Establecer que los aspirantes que se postulen, deberán poseer cargo o módulos titulares en el actual Nivel de Educación Secundaria, comprendiendo a todos los Establecimientos Educativos de la ex Educación Secundaria Básica, ex Educación Media-Polimodal y Trayectos Técnico Profesionales y Educación Secundaria de seis años, como condición excluyente a los efectos de poder concursar;
ARTICULO 7º. Aprobar los Anexos 3 y 4 que constan de 2 (dos) y 1 (un) folios respectivamente y se declaran parte integrante del presente acto resolutivo, correspondientes a las condiciones generales y específicas para los ascensos para los cargos a los que se convoca y a las normas legales vigentes de aplicación.
ARTICULO 8°. Aprobar el Anexo 5 que consta de 4 (cuatro) folios que se declara parte integrante de la presente resolución correspondiente al temario para las pruebas de oposición con su especificación bibliográfica.
ARTICULO 9°. Aprobar el Anexo 6 que consta de 5 (cinco)) folios y forma parte integrante del presente acto resolutivo, correspondiente al formulario de inscripción de los aspirantes para participar en el Concurso.
ARTICULO 10. Establecer que el puntaje docente del cargo de base titular que le permite al docente concursar, será considerado al 31 de Diciembre del año anterior al llamado a concurso como antecedente valorable, según tabla de conversión que obra en el Anexo 7, que se declara parte integrante del presente Acto Resolutivo y que consta de 1 (un) folio.
ARTICULO 11. Aprobar el Anexo 8, que se declara parte integrante de la presente Resolución y que consta de 1 (un) folio correspondiente al cronograma de acciones de la primera etapa del Concurso que se propicia.
ARTICULO 12. Aprobar los Anexos 9, 10, 11, 12, 13 y 14 que constan todos ellos de 1 (un) folio respectivamente y se declaran parte integrante del presente acto administrativo, correspondientes a: resumen de inscripción, instrumentos de evaluación para cada una de las instancias concursales, y Planillas Resumen de orden de mérito por puntaje obtenido respectivamente.
ARTICULO 13. Establecer que la presente Resolución será refrendada por el Señor Subsecretario de Educación de este Organismo.
ARTICULO 14. Registrar esta Resolución que será desglosada para su archivo en la Dirección de Coordinación Administrativa, la que en su reemplazo agregará copia autenticada de la misma; notificar a las Subsecretarías de Educación y Administrativa, a las Direcciones Provinciales de Educación Secundaria, de Gestión Educativa, de Educación de Gestión Privada, de Recursos Humanos, de Técnico Profesional, a las Direcciones de Tribunales de Clasificación, de Personal, de Gestión de Asuntos Docentes y por su intermedio a quienes corresponda. Publicar en el Boletin Oficial y en el Centro de Documentación e Información Educativa (CENDIE). Cumplido archivar.
RESOLUCION N° 3540
Hay dos sellos y dos firmas que dicen: Lic. Daniel Belinche-Subsecretario de Educación –Dirección General de Cultura y Educación-Pcia. de Bs. As.
Prof. Mario Néstor Oporto. Director General de Cultura y Educación-Pcia. de Bs. As.