CONVOCATORIA VOLUNTARIA A DIRECTIVOS
PARA ELECCIONES DEL PRÓXIMO 14 DE AGOSTO
La Justicia Electoral convoca a Directores o personal directivo de las escuelas afectadas a las Elecciones Primarias Obligatorias del próximo 14 de agosto a desempeñar en forma voluntaria la función de Delegado de la Justicia Nacional Electoral en el establecimiento a su cargo (uno por escuela).
Adjuntamos a este comunicado la notificación de Dirección General de Cultura y Educación (DGCyE) donde se detalla:
• El carácter voluntario de la convocatoria
• La compensación de $800 en concepto de viáticos para aquellos que acepten desempeñarla función antes mencionada.
• El detalle de funciones a cumplir.
La Plata, 9 de agosto de 2011
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La Plata, de agosto de 2011.
AL SEÑOR
DIRECTOR GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
PROFESOR MARIO NESTOR OPORTO
S / D
Tengo el agrado de dirigirme a Ud., a fin
de poner en su conocimiento lo dispuesto por resolución que he dictado en el
día de la fecha -Registro n° 19- a cuyo efecto acompaño fotocopia autenticada
de la misma.
Saludo a Ud. muy atentamente.
SEÑORES INSPECTORES JEFES REGIONALES
SEÑORES INSPECTORES JEFES DISTRITALES
SEÑORES INSPECTORES DE ENSEÑANZA
PERSONAL DIRECTIVO DE LOS ESTABLECIMIENTOS ESCOLARES
Esta Dirección notifica a UDS . que mediante Resolución del 08-08-11 del Juez Federal con
Competencia Electoral de la Pcia . de Buenos Aires , Dr. Manuel Humberto Blanco se convoca a
todos los Directores o personal directivo de los establecimientos afectados para las elecciones
in ternas a biertas, simu ltaneas y obligatorias del día 14 de agosto del corriente año, a
desempeñarse , con carácter voluntario , 1 ( uno) por establecimiento , como Delegado de la
Justicia Nacional Electoral en el ámbito de los mismos , para dicho acto eleccionario.
Quienes acepten esta convocatoria percibirán una compensación de $800 ( pesos ochocientos.-)
en concepto de viático ( cf. Resolución 1058/11 Ministerio del Interior).
Los interesados deberán , a la mayor brevedad posible , dejar constancia de la aceptación del
cargo vía FAX , a los números 0221-483-5753; 424-4775; 421-6229; o a la siguiente dirección de
correo electrónico : iflaplata . secelec-infoCpjn . gov.ar
Sin efectivizar el trámite antes citado no se podrá cumplir con las tareas referidas . En todos los
casos deberá consignarse claramente:
- NOMBRE Y APELLIDO
- N° DE DNI
- CARGO EN EL CUAL SE DESEMPEÑA EN LA FECHA
- ESTABLECIMIENTO EN QUE HABRÁ DE CUMPLIR FUNCIONES
- MUNICIPIO AL QUE CORRESPONDE EL ESTABLECIMIENTO
- TELÉFONO EN EL CUAL PUEDA SER CONTACTADO EL DÍA DE LA ELECCIÓN
Se recuerda que los Directores de los establecimientos, independientemente que no acepten
voluntariamente esta función, son responsables de entregar el establecimiento el día Sábado
13-08-11 tal lo indicado en comunicaciones anteriores, y cuyo cumplimiento resulta obligatorio.
En caso de aceptar la convocatoria a cumplir con la función de Delegado de la Justicia Nacional
Electoral, las funciones a cumplir serán las siguientes:
A) Estar presente el día sábado 13 de agosto a las 8,00 horas en el establecimiento,
conjuntamente con la persona designada para la apertura del mismo, a fin de poner el
establecimiento a disposición del personal del Comando General Electoral.
B) Colaborar con dicho personal en la recepción en el establecimiento de los materiales y
documentación electoral que entregará el Correo Argentino el día sábado 13 de agosto.
C) Colaborar con dicho personal en el acondicionamiento de los cuartos oscuros.
D) El día del comicio, prestar colaboración al personal de custodia y del Correo, para la
debida constitución de las mesas y habilitación del comicio ante la falta de presentación,
a las 8,30 horas, de las autoridades de mesa designadas.
E) Durante el desarrollo del mismo, colaborar con el elector, orientándolo en cuanto a la
ubicación de la mesa en la que corresponda votar, a fin de evitar en lo posible, demoras
innecesarias.
F) Prestar asistencia al personal del Comando Electoral en la tarea de entrega de boletas
de reposición en caso de que así lo requieran los presidentes de mesa (art. 66 inciso 5to
segunda parte).
G) Prestar colaboración al personal de Comando Electoral en la entrega de constancia para
emitir el voto a todos los electores que, habiendo arribado al establecimiento antes de las
18,00 horas, aun no hubiesen podido sufragar.
H) Poner en conocimiento de la autoridad militar o policial presente, o del empleado postal,
para que estos anoticien a su superior, y este a su vez, por la vía más rápida al Juzgado
Federal con competencia electoral de la Pcia. de Buenos Aires, cualquier anomalía grave
que adviertan en el desarrollo del acto comicial.
Quienes acepten la convocatoria deberán evitar, en todos los casos, perturbar la correcta
realización de las tareas de las autoridades de mesa, únicos responsables de la elección en
su mesa (art. 72 Código Electoral Nacional).
Se solicita a las Jefaturas Distritales proceder, con carácter de MUY URGENTE, a la
notificación fehaciente de la presente comunicación a los Directores y resto del personal
directivo de los establecimientos, en cuyos edificios funcionen mesas electorales el próximo
14 de agosto.
Atentamente.
DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN GENERAL
LA PLATA, 09-08-11