Dirección de
Tribunales de Clasificación
A LOS
TRIBUNALES DESCENTRALIZADOS:
Remitimos adjunto algunas
consideraciones a tener en cuenta a fin
de la determinación del
cupo de vacantes para el ingreso a la docencia 2012.
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La fecha de corte para
determinar el cupo de vacantes es la establecida
en la Disposición Nº 1125/2011 de esta Dirección, esto es 19-08-2011.
ü
El Cupo fijado por la Superioridad para
el Ingreso a la Docencia, de acuerdo a las prescripciones del Artículo
55 I) último párrafo de la
Ley Nº 10.579 y Decretos
Reglamentarios, es del 80 % de las Vacantes calculadas a la
fecha de corte, sumandole las vacantes
resultantes de las Acciones Estatutarias
de MAD.
ü
Este cupo fue acordado en Mesa de Cogestión de fecha 6
de diciembre de 2011.
ü
En todos los
Distritos se debe respetar la reserva de
la VACANTE UNICA por Cargo, Nivel
y / o Modalidad.
Consignamos a continuación algunas situaciones puntuales que han
generado dudas:
Distrito con 1
sola Vacante No
se utiliza para ingreso
Distrito con 2 Vacantes Se utiliza 1 para ingreso
Distrito con 3
Vacantes Se
utilizan 2 para ingreso
Distrito con 4 Vacantes Se
utilizan 3 para ingreso
Así en el resto de los casos, respetando el %
establecido up-supra.
Como
siempre estamos a sus órdenes para cualquier inquietud a través de los canales
habituales, solicitando tengan a bien facilitar los acuerdos locales en post
del máximo respeto a los eventuales derechos de nuestros colegas.
Atentamente.
DIRECCION DE TRIBUNALES DE CLASIFICACIÓN
La Plata, 6 de
diciembre de 2011